

Es preciso obtener con antelación una licencia de apertura urbanística o permiso concedido por su Ayuntamiento correspondiente para:
- Realizar obras, reformas, construcciones u otras actuaciones en un local o edificio destinado a actividades profesionales.
- Abrir nuevas oficinas, comercios y otras actividades en un local.
- Cambiar el uso de un edificio para destinarlo a actividades profesionales.
No se requiere licencia de apertura para pintar, cambiar solados, alicatar o sustituir instalaciones de saneamiento, agua, electricidad o calefacción en locales.
Se tramitarán por procedimiento ordinario (común o abreviado) aquellas obras que requieran un proyecto técnico en el que se debe definir las características de la actividad que se va a desarrollar; y para la licencia de apertura de un negocio o cambio de actividad de un local, sin necesidad de obras o con una reforma sencilla, se deberá tramitar la obtención de un Certificado de conformidad.
- Le tramitamos su licencia de apertura en toda España a un precio sin competencia.
- Presupuestos sin compromiso.
- Nos hacemos cargo de toda la documentación, hasta que consiga su licencia de apertura.